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En Clínica de Pensiones

Nos ocupamos de lo que a usted le preocupa

Trámites frente a estas entidades

NUESTROS SERVICIOS

¿Qué podemos hacer por usted?

En CLÍNICA DE PENSIONES GÓMEZ MÉNDEZ Y ABOGADOS ASOCIADOS S.A.S., somos un equipo de abogados especializados en derecho Civil, familia, Laboral y Seguridad Social Brindamos asesoría personalizada y de alta calidad.

SEGURIDAD SOCIAL

Ofrecemos un servicio completo diseñado para brindar asesoramiento experto y representación legal en asuntos relacionados con la seguridad social.

Pensión de sobrevivientes

Esta modalidad de pensión está pensada en los familiares del afiliado, quien por regla general debió haber cotizado un mínimo de 50 semanas en los últimos 3 años anteriores a su fallecimiento, semanas y tiempo que puede variar por normas de origen excepcional.

Sustitución pensional

Es un trámite que pueden iniciar los familiares beneficiarios de una persona que se encontraba pensionada al momento de su fallecimiento, donde se le sustituye en un 100% lo percibido a título de mesada pensional por el causante.

Pensión de vejez y pensión de vejez por garantía mínima

Prestación que puede ser solicitada una vez cumpla la edad mínima requerida 57 años para mujeres y 62 años para hombres y un total de 1300 semanas cotizadas en el fondo publico Colpensiones y/o 1.150 semanas en los diferentes fondos privados.

Reliquidación de mesada pensional

Esta puede invocarse una vez el pensionado observe que su mesada pensional es inferior en comparación con sus semanas y montos cotizados durante los últimos 10 años o toda su vida laboral.

Pensión de invalidez

Es una Prestación que ampara contingencias por enfermedad o accidente, la cual requiere los siguientes requisitos:

  • Tener un Dictamen de Perdida de la Capacidad Laboral (PCL) emitido de acuerdo con el manual único para la calificación de invalidez.
  • Tener 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años a la fecha de estructuración del Dictamen de Perdida de la Capacidad Laboral.
  • Para los jóvenes hasta los 26 años deben tener el total de 26 semanas cotizadas en el último año a la fecha de estructuración de su PCL.
  • De manera particular, cuando el afiliado haya cotizado el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a una pensión por vejez, solo necesitará haber cotizado 25 semanas en los últimos 3 años.
Indemnización sustitutiva de la pensión de vejez o invalidez o sobrevivientes

Es una prestación económica que principalmente busca el reintegro de las sumas aportadas durante la vida del afiliado al fondo público de pensiones – Colpensiones una vez falte a los requisitos propios de una pensión.

Devolución de aportes

Es aquel reintegro de los aportes y rendimientos generados en un fondo de naturaleza privada cuya inversión de capital por aportes no alcanza a cubrir la totalidad de una pensión por vejez y/o propiamente por garantía mínima.

Novedad de retiro

Es aquel informe generado en planilla donde se indica el estado y terminación de una relación de origen laboral lo que implica la suspensión de servicios a seguridad social adquiridos.

Pensión familiar

Para acceder al beneficio por pensión familiar se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • En el fondo privado debe acreditar al cumplimiento de 57 años (mujeres) y/o 62 años (hombres) que la suma de capital entre los Cónyuges o Compañeros permanentes es apta para solicitar una pensión por vejez.
  • Si el capital es insuficiente en el fondo privado, debe la pareja sumar 1.150 semanas para optar por el Fondo de Garantía Mínima en Pensión.
  • En el régimen público – Colpensiones los Cónyuges o Compañeros permanentes deben acreditar que la sumatoria de sus semanas cotizadas acreditan como mínimo un total de 1300 semanas.
  • Los Cónyuges y/o Compañeros permanentes en cualquier régimen pensional deben acreditar por lo menos cinco (5) años de convivencia o relación conyugal.
  • En el Régimen público la pareja debe demostrar que a sus 45 años tenían como mínimo cotizadas 325 semanas.
  • Los Cónyuges y/o Compañeros permanentes en el Régimen público para al momento de solicitar la prestación deben encontrarse en los niveles 1 o 2 del SISBEN.
Pensiones especiales de vejez

Son aquellas pensiones que manejan una tipología y régimen especial frente a los requisitos para acceder a una pensión por vejez común

Pensión especial de vejez por actividad de alto riesgo:

Sus requisitos son:

  1. Haber cumplido 55 años de edad.
  2. Haber cotizado mil (1000) semanas en actividad de alto riesgo y cotización especial.
  3. Hay lugar a descontar un (1) año por cada 60 semanas adicionales a las primeras 1000, sin que la edad sea inferior a 50 años.
  4. Los regímenes de alto riesgo se determinarán de acuerdo al cargo y funciones desempeñadas en una entidad cuyas cotizaciones se realizan de manera especial.

Pensión especial de vejez anticipada por invalidez:

Sus requisitos son:

  1. Tener 55 años de edad sin importar si es hombre o mujer.
  2. Contar con 1.000 semanas cotizadas al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.
  3. Haber sido calificado Invalidez con un porcentaje de pérdida de capacidad laboral donde se demuestre que dentro la Deficiencia sea igual o superior al 25% sobre la valoración total del dictamen.

Pensión especial de vejez por hijo inválido y/o en situación de discapacidad:

Sus requisitos son:

  1. Haber cotizado al menos 1.300 semanas sin importar la edad del afiliado.
  2. Tener un hijo de cualquier edad con invalidez físico o mental debidamente calificada.
  3. El hijo inválido o discapacitado debe depender económicamente del afiliado.
  4. El afiliado, una vez sea reconocida su prestación económica, no puede reincorporarse laboralmente.
Auxilio funerario

Consiste en aquel apoyo financiero que se reintegra a la persona que sufraga los gastos fúnebres de un afiliado y/o pensionado al sistema general de pensiones teniendo como limite no ser inferior a cinco (5) SMLMV o superior a diez (10) SMLMV.

Corrección historia laboral y recuperación de semanas

Corresponde al debido estudio de la historia laboral de un afiliado, sus errores, vacíos y omisiones en aportes que deriven por la culpa de empleadores y/o propiamente el fondo de pensión, logrando la sumatoria e incremento de semanas trabajadas, aumentando las oportunidades de obtener una pensión.

Cálculos actuariales

Es aquel estudio realizado de manera detallada y completa de la incorporación y actualización de un monto de mesada pensional, partiendo de tomar las semanas cotizadas efectivas, el ingreso base de cotización (IBC) de toda la vida laboral y/o los últimos diez (10) años, el índice de precios del consumidor (IPC) y el ingreso base de liquidación (IBL) logrando obtener de manera clara y detallada si la correspondiente pensión se está pagando adecuadamente

Traslados de régimen pensional

Generalmente este trámite se realiza en cualquier tiempo no inferior a los últimos 10 años anteriores al cumplimiento del requisito de edad para pensionarse por vejez (57 años mujeres y 62 para hombres).

Indemnización de daños y perjuicios

Ante la eminente demostración del incumplimiento de los requisitos básicos de traslado y afiliación por parte de la entidad administradora de pensiones (AFP) donde se otorgue la calidad de pensionado procederá la indemnización por aquellos daños y perjuicios económicos causados al pensionado demostrando el detrimento patrimonial.

Cobro de cartera

Brindamos los servicios de recaudo de cartera para recuperar su dinero con base al título valor o título ejecutivo proveniente del deudor, donde se corroborará los requisitos de exigibilidad, que sea una obligación clara, expresa y actualmente exigible, para activar el aparato judicial y obtener el pago del capital, intereses corrientes y moratorio, entre otros.

Restitución de inmueble

Proceso judicial que va dirigido contra el arrendatario que ha incumplido el contrato de arrendamiento escrito o verbal celebrado con el arrendador, con el objeto de recuperar el bien arrendado, pago de los arrendamientos atrasados, el pago de los servicios público, cuotas de administración, perjuicios, intereses moratorios.

Reconstituir prueba o título valor

Este trámite va dirigió contra el obligado o deudor a fin de reconstituir una prueba o título valor, que quizás en su momento no se elaboraron o se perdió o se encontraba afectada por el fenómeno de la prescripción, para que nazca a la vida jurídica y poder obtener el cumplimiento o pago real y efectivo por parte del deudor.

Pertenencias

Es el trámite mediante el cual se perfecciona la propiedad privada derivada de la posesión tranquila, pacifica y publica que una persona ejerce sobre un bien inmueble o mueble, adquirida por el paso del tiempo; 10 años para bien inmueble y 5 años para bien mueble.

Resolución de contratos

Con la suscripción de un contrato las partes se obligan a realizar una serie de actos tendientes al perfeccionamiento del mismo, en el evento que una de las partes incumpla las estipulaciones allí descritas, dará lugar a la terminación del contrato de forma unilateralmente que será declarada por vía judicial. 

Al ser declarado el incumplimiento, estaríamos frete a la resolución del contrato, donde podremos solicitar y obtener los retroactivos respecto a quien cumplió o estaba en condición de cumplir y al que no cumplió, así también, la desaparición de las obligaciones derivada del incumplimiento, restituciones mutuas o el pago de la cláusula penal e indemnizaciones a que hay lugar.

CIVIL

Ofrecemos un servicio completo de derecho civil diseñado para brindar asesoramiento experto y representación legal en una variedad de áreas.

FAMILIA

Nuestro equipo de abogados está dedicado a brindar asesoramiento experto y representación legal compasiva en una amplia gama de temas que afectan a las familias.

Declaración de unión marital de hecho y sociedad patrimonial

Que entre los compañeros permanentes exista una unión libre, cuya convivencia sea continua e ininterrumpida por un término igual o mayor a dos años, así como también, no haber contraído matrimonio entre sí o con terceras personas.

Cesación de efectos civiles de unión marital de hecho

La voluntad de dar por terminado de forma definitiva la unión marital de hecho, registros civiles de nacimiento y copia de las cedulas de ciudadanía de los compañeros permanentes, copia del de la declarada la unión marital de hacho (lo cual se puede solicitar en el mismo tramite si se realiza ante notaria) y registro civil de nacimiento de los hijos si los hay.

Cesación de efectos civiles de matrimonio católico o Divorcio

A fin de perfeccionar el trámite se debe contar con los siguientes requisitos.

  • la voluntad de dar por terminado definitivamente el vínculo matrimonial.
  • copia de la cédula de ciudadanía de los cónyuges.
  • Registro civil de matrimonio.
  • Registro civil de nacimiento de los cónyuges con la nota marginar que den cuenta del estado civil de casados.
Liquidación de la sociedad patrimonial

A fin de perfeccionar el trámite se debe contar con los siguientes requisitos.

  • La voluntad de dar por terminado de forma definitiva la sociedad patrimonial.
  • copia de las cédulas de ciudadanía de los compañeros.
  • Haber convivido de forma continua e ininterrumpida por un término igual o mayor a dos años.
  • copia del documento mediante el cual se declara la unión marital de hecho y sociedad patrimonial (en caso de no haberlo declarado, se puede solicitar en el mismo trámite si se realiza ante notaria).
  • En caso de existir bienes, que no haya transcurrido más de un año desde la separación definitiva a la solicitud de liquidación de la sociedad, así también, tener en cuenta la clase de bienes

Inmuebles: copia de las escrituras públicas, comprobante de pago de impuestos, certificados de tradición, paz y salvo IDU.

Bienes mueble sujetos a registro: comprobante de pago de impuestos, certificados de tradición, no tener comparendos, copia de la tarjeta de propiedad

Fijación, disminución, aumento y exoneración de cuota alimentaria

Los alimentos pueden ser solicitados por:

  • el hijo de familia menor de 18 años
  • hijo menor de 25 años que se encuentre estudiando y no cuenten con recursos para sostenerse.
  • hijo mayor de edad discapacitado.
  • El progenitor(a) de la tercera edad, que no perciba ingreso alguno que le permitan un sostenimiento independiente o que por razones de edad y/o salud no le sea permitido trabajar.

Se requiere acreditar:

  • La necesidad de alimentos.
  • registro civil de nacimiento del menor o descendiente a pedir alimentos.
  • copia cédula de los progenitores.
  • copia de la tarjeta de identidad si es mayor de 7 años.
  • acta de conciliación o sentencia judicial que haya fijado la cuota alimentaria– para los casos de disminución, aumento o exoneración de cuota alimentaria.
  • capacidad económica del padre, madre o descendiente a quien se le solicita la cuota.
  • Certificación de afiliación a salud del beneficiario de los alimentos.
Impugnación y filiación de la patria potestad:

Es un trámite que lo puede iniciar la madre, hijo(a), cónyuge o compañero permanente o quien acredite de manera simple ser el padre, quienes deben solicitarlo dentro de los 140 días siguientes a que tuvo conocimiento a excepción del hijo(a) que lo podrá adelantar en cualquier momento.

Igualmente, pueden hacerlo los herederos del padre o madre cuyo vínculo está en disputa, solamente cuando este ha fallecido

Sucesiones

A fin de perfeccionar el trámite se debe contar con los siguientes requisitos.

  • registros civiles de nacimiento de los herederos.
  • copia de la cédula de ciudadanía herederos y causante.
  • registro de defunción.
  • registro civil de matrimonio o prueba de la existencia de unión marital de hecho
  • copia del testamento si lo hay.
  • Copias de escrituras públicas de los bienes existentes.
  • comprobantes fiscales, estar a paz y salvo del inmueble si los hubiere.
  • en caso de que los interesados sean personas nacidas antes de 1938 acta de bautismo.
  • declaración de: existencia de herederos, último domicilio del causante, bienes adquiridos por el causante y pasivos del causante.
  • La sucesión se puede tramitar ante las notarías siempre y cuando los herederos estén de acuerdo.
  • En caso de existir unión marital de hecho, que esta esté debidamente declarada con anterioridad al fallecimiento del causante, en caso contrario se deberá declarar previo al trámite sucesoral.
Declaración de Relación laboral

Se requiere la copia del contrato laboral (si lo hubiere), nombre, identificación y domicilio del empleador y trabajador, se informe donde se desarrolló la labor contratada, salario, horario del contrato laboral, desprendibles de pago (si hubiere), carta de terminación, liquidación del contrato si existen y testigo si los hubiere.

Indemnización por despido sin justa causa

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LABORAL

Nuestro equipo de abogados especializados en derecho laboral está comprometido en proporcionar asesoramiento experto y representación legal eficaz en una amplia gama de asuntos laborales.

Quienes Somos

Clínica De Pensiones Gómez Méndez & Abogados Asociados S.A.S. nace el 02 de diciembre de 2016, producto de la asociación de dos abogados, quienes tienen el ideario de prestar un servicio de calidad. Durante los últimos 8 años de funcionamiento hemos representado principalmente en el derecho civil, familia y laboral, a un gran número de personas, quienes se han manifestado satisfechos por los servicios prestados por nuestros profesionales.

Años de experiencia

Clientes

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Compromiso

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Especialistas en Diferentes Ramas del Derecho

Con amplia experiencia en el asesoramiento de nuestros clientes.

SERVICIO DE CALIDAD

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Trabajamos con los más altos estándares de profesionalismo y con un equipo comprometido con nuestros clientes.

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Nos adaptamos a las necesidades específicas
de cada uno de nuestros clientes.

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En procesos judiciales y trámites administrativos ante los diferentes fondos de pensiones

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Estamos comprometidos en ofrecer soluciones legales confiables y efectivas. Sabemos que enfrentar trámites legales puede resultar abrumador y complicado, por eso estamos aquí para ayudarte en cada paso del camino.

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